Correcciones/aclaraciones de la Constitución de una Bolsa de Trabajo para la cobertura de personal laboral temporal en las categorías profesionales de Cuidador/a Centro Día y Auxiliar Ayuda Domicilio

Bolsa de Trabajo - Auxiliar

D LUIS MIGUEL NUÑEZ ROMERO, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Jaraíz de la Vera (Cáceres), en uso de las facultades que me confiere la presente legislación, y en particular el art. 21.1.g de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y el art. 109 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

En relación con el procedimiento que se tramita por este Ayuntamiento para la Constitución de una Bolsa De Trabajo para la cobertura de personal laboral temporal en las categorías profesionales de Cuidador/a Centro Día y Auxiliar Ayuda Domicilio,

Visto el DECRETO 2021-0098 relativo a aprobación de las Bases y de la Convocatoria, publicado en el B.O.P. nº 46 de 09-03-2021, DECRETO:

PRIMERO. Realizar las siguientes correcciones/aclaraciones en el ANEXO II relativo a Titulaciones requeridas:

ANEXO II: TITULACIONES.

PUESTOTITULACIÓN EXIGIDA
       CUIDADOR/ADONDE DICE: Título de Técnico/a Superior en Integración Social o el título equivalente de Técnico/a Superior en Integración Social para aquellos/as profesionales que a la fecha de publicación del presente Acuerdo se encuentren trabajando en la categoría profesional de cuidador/a o gerocultor/a.

DEBE DECIR: Título de Técnico/a Superior en Integración Social o el título equivalente de Técnico/a Superior en Integración Social para aquellos/as profesionales que a la fecha de publicación del Acuerdo de 19 de OCTUBRE de 2017 del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía se encontraren trabajando en la categoría profesional de cuidador/a o gerocultor/a. (Quienes posean esta titulación deben aportar contrato de trabajo y vida laboral).

DONDE DICE: También tiene validez la Habilitación Excepcional en la categoría profesional de Cuidador/a en Centros de Servicios Sociales, expedida por el SEPAD de la Junta de Extremadura y regulada por Resolución de 3 noviembre de 2015, de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad y por la Orden de 16 de agosto de 2016.

DEBE DECIR: También tiene validez la Habilitación Excepcional o la Habilitación Provisional en la categoría profesional de Cuidador/a Gerocultor/a en Centros de Servicios Sociales, expedida por la Junta de Extremadura u otras Comunidades Autónomas.
     AUX. AYUDA A DOMICILIODONDE DICE: Título de Técnico/a Superior en Integración Social o el título equivalente de Técnico/a Superior en Integración Social.

DEBE DECIR: Título de Técnico/a Superior en Integración Social o el título equivalente de Técnico/a Superior en Integración Social para aquellos/as profesionales que a la fecha de publicación del Acuerdo de 19 de OCTUBRE de 2017 del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía se encontraren trabajando en la categoría profesional de cuidador/a o gerocultor/a. (Quienes posean esta titulación deben aportar contrato de trabajo y vida laboral).

DONDE DICE: También tiene validez:- La Habilitación Excepcional en la categoría profesional de Auxiliar de Ayuda a Domicilio, expedida por el SEPAD y regulada por Resolución de 3 noviembre de 2015, de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad y por la Orden de 16 de agosto de 2016.- La Habilitación Excepcional en la categoría profesional de Cuidador/a en Centros de Servicios Sociales, expedida por el SEPAD de la Junta de Extremadura, regulada por Resolución de 3 noviembre de 2015, de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad y por la Orden de 16 de agosto de 2016.

DEBE DECIR: También tiene validez la Habilitación Excepcional o la Habilitación Provisional en la categoría profesional de Cuidador/a Gerocultor/a en Centros de Servicios Sociales o de Auxiliar de Ayuda a Domicilio, expedida por la Junta de Extremadura u otras Comunidades Autónomas.

SEGUNDO. PUBLICAR el presente Decreto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA y en la sede electrónica de este Ayuntamiento: http://jaraizdelavera.sedelectronica.es.

TERCERO. Dar traslado del Acuerdo al al Servicio de Recursos Humanos.

Jaraíz de la Vera, 15 de Marzo de 2021

Luis Miguel Núñez Romero

Alcalde

Publicado en: BOP Nº 54 del 22 de Marzo de 2021

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