Convocatoria BOP Cáceres Juez de Paz Sustituto
Por medio del presente Anuncio y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 101 y 102 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y artículos 4 y 5.1 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz se efectúa convocatoria para la renovación del cargo de Juez de Paz Sustituto del municipio de Jaraíz de la Vera.
Procedimiento de Solicitud
Todas aquellas personas que estén interesadas en el desempeño del cargo podrán solicitarlo mediante instancia dirigida al Sr. Alcalde-Presidente. Tienen de plazo 15 días hábiles siguientes al de la publicación de este Anuncio en el BOP de Cáceres.
Para poder participar en el proceso de nombramiento se deberán reunir los siguientes requisitos exigidos para formar parte de la carrera judicial, de conformidad con el artículo 302 y 303 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial:
- a) Tener nacionalidad española.
- b) Ser mayor de edad.
- c) No estar incurso en ninguna de las causas de incapacidad previstas en el artículo 389 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
En caso de no presentarse solicitudes, el Pleno de la Corporación elegirá libremente, comunicando el Acuerdo al Juzgado de Primera Instancia del partido. Lo que se publica para general conocimiento.
Jaraíz De La Vera, 11 de noviembre de 2016.
ALCALDE-PRESIDENTE,
Luis Miguel Nuńez Romero.
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