Rehabilitación de edificios
Abierta la convocatoria para la solicitud de ayudas estatales para la rehabilitación de edificios en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
BDNS(Identif.):303249
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y en el presente DOE.
Primero. Convocatoria.
Se convocan las ayudas contempladas en el Programa de fomento de la rehabilitación edificatoria.
Segundo. Objeto.
El Programa de fomento de la rehabilitación edificatoria tiene por objeto la financiación de la ejecución de obras y trabajos de mantenimiento e intervención en las instalaciones fijas y equipamiento propio, y en los elementos y espacios privativos comunes, de los edificios de tipología residencial colectiva.
Tercero. Beneficiarios.
Serán beneficiarios de este programa de ayudas, las comunidades de propietarios, las agrupaciones de comunidades de propietarios, o los propietarios únicos de edificios de viviendas.
Cuarto. Bases reguladoras.
La presente convocatoria se regirá por el Decreto 206/2014, de 2 de septiembre, por el que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones contempladas en el Plan Estatal de fomento del alquiler de viviendas, la rehabilitación edificatoria, y la regeneración y renovación urbanas 2013-2016, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura (Modificado por Decreto 47/2015, de 30 de marzo, DOE n.º 63, de 1 de abril y Decreto de 30/2016, de 8 de marzo, DOE n.º 50, de 14 de marzo).
Quinto. Cuantía.
Se destinarán las cantidades máximas de 1.800.000 euros para 2016 y 200.000 euros para 2017, con cargo a la Aplicación Presupuestaria 11.04.261A.789.00 proyecto 201516020010 de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
La cuantía individual de las subvenciones a conceder por actuación, se calculará sumando los importes que resulten de multiplicar las cantidades que seguidamente se relacionan por cada vivienda afectada y por cada 100 m2 de superficie útil de local afectado:
- 2.000 euros si se tratara de actuaciones de conservación. En este caso, si se acometieran simultáneamente actuaciones para la mejora de la calidad y sostenibilidad, la ayuda se incrementará en 1.000 euros adicionales, y en otros 1.000 euros más si además se realizan actuaciones destinadas a la realización de ajustes razonables en materia de accesibilidad.
- 2.000 euros si se tratara de actuaciones de mejora de la calidad y sostenibilidad, que se incrementarán en 3.000 euros si se redujera al menos en un 50% la demanda energética anual global de calefacción y refrigeración del edificio.
- 4.000 euros si se tratara de actuaciones de mejora de la accesibilidad. Las cuantías señaladas anteriormente podrán incrementarse en un 10% cuando se trate de edificios declarados Bienes de Interés Cultural catalogados o que cuenten con protección integral en el instrumento de Ordenación urbanística correspondiente.
Las cuantías máximas de las subvenciones señaladas anteriormente no podrán superar:
- En las actuaciones de conservación y de calidad y sostenibilidad, el 35% de sus presupuestos protegidos.
- En las actuaciones destinadas a ajustes razonables en materia de accesibilidad, el 50% de su presupuesto protegido.
- Por cada vivienda y cada 100 m2 de superficie útil de local, 11.000 euros o 12.100 euros cuando se trate de edificios declarados Bienes de Interés Cultural, catalogados o que cuenten con protección integral en el instrumento de Ordenación urbanística correspondiente.
Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes, contados a partir del día siguiente al de la publicación del presente extracto en el Diario Oficial de Extremadura.
Séptimo. Otros datos.
Los modelos de solicitud de las subvenciones se encuentran disponibles en el portal de la antigua Consejería de Fomento, Vivienda, Ordenación del Territorio y Turismo de la Junta de Extremadura y en el Portal del Ciudadano de la Junta de Extremadura.
El procedimiento de concesión de las subvenciones convocadas es el de concurrencia competitiva.
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