Estas son las nuevas medidas establecidas por la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes de la Junta de Extremadura que entraran en vigor desde el día de 09 de Mayo del 2021.
El Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, reunido este viernes en sesión extraordinaria y que ha estado presidido por la ministra de Sanidad, Carolina Darias, y el presidente de la Junta de Extremadura, Guillermo Fernández Vara, ha acordado en función de los datos epidemiológicos analizados, la declaración de alerta sanitaria nivel 1 para Extremadura.
Este nivel de alerta implica una serie de restricciones que fueron publicadas este jueves en un suplemento del DOE y que entrarán en vigor a las 00:00 horas del día 9 de mayo, una vez decaiga el estado de alarma en nuestro país.
En cuanto a las relaciones sociales las reuniones podrán ser de un máximo de hasta 10 personas salvo para los grupos de convivientes.
En lo referente a los establecimientos de hostelería y restauración, en el interior de estos locales el aforo será de un máximo del 50%, con la prohibición del consumo en barra y un máximo de 6 personas por mesa excepto convivientes.
En el exterior y terrazas se podrá instalar el 85% de las mesas permitidas y un máximo de 10 personas por mesas o conjunto de mesas. Con carácter excepcional se dispone que, durante catorce días, el horario de cierre de los establecimientos de hostelería y restauración se fija a las 00:00 horas, en lugar de a la 01:00, hora máxima de cierre esta última que les correspondería tras la implementación del nivel de alerta sanitaria 1.
Esta medida también se implementa, por asimilación, a los establecimientos de juegos y apuestas -salas de bingo, casinos de juego, locales específicos de apuestas, salones recreativos o de máquinas de tipo “A” y salones de juego o de máquinas de tipo “B”-.
Además, tras la publicación del Decreto del Presidente 36/2021, de 6 de mayo, por el que retrasa a las 00:00 la hora de comienzo de la limitación de circular por las vías o espacios de uso público para la realización de determinadas actividades, establecida en el ordinal cuarto del Decreto del Presidente 12/2021, de 3 de marzo; prorrogado por Decreto del Presidente 24/2021, de 8 de abril, hasta la finalización del estado de alarma, el horario de cierre de la hostelería y restauración y ámbitos asimilados se retrasaría una hora a partir de hoy 7 de mayo, pasando de las 23:00 h a las 00:00 horas.
En las zonas comunes de hoteles el máximo será del 75% y en alojamientos rurales y apartamentos turísticos el límite será de 20 personas.
Las ceremonias en lugares de culto tendrán un 50% del aforo y en instalaciones públicas o privadas un 50% del aforo, en espacios cerrados con un máximo de 50 personas y sin limitaciones al aire libre. En velatorios y entierros el aforo será de 50% en espacio cerrados con un máximo de 50 personas y sin limitaciones en espacios al aire libre.
Los cines, teatros y auditorios podrán tener un máximo del 75% del aforo siempre que se pueda mantener un asiendo de distancia en la misma final y la entradas deberán ser numeradas.
Las fiestas y los eventos populares solo podrán celebrarse en localidades de menos de 5.000 habitantes y con el 75% de aforo al aire libre.
Capaces de lo mejor y de lo peor, este equipo no deja de sorprender, y…
La Comisión Ejecutiva Regional del PSOE de Extremadura, reunida esta tarde en Jaraíz de la…
El Ayuntamiento de Jaraíz de la Vera informa que, hasta hoy 29 de abril de 2024,…
Fredi López ha fulminado el crono en la categoría CarCross marcando el mejor tiempo de…
El Ayuntamiento de Jaraíz de la Vera informa que el próximo fin de semana tendrá…
Próximo torneo que se va a celebrar en Jarandilla de la Vera. Es una competición…
Esta web usa cookies.