Ayudas al alquiler de la vivienda en la Comunidad Autónoma de Extremadura

La Junta aporta 3,8 millones a la convocatoria de subvenciones para el alquiler de viviendas.

Ayudas al alquiler de la vivienda en Extremadura

Ayudas al alquiler de la vivienda

EXTRACTO de las ayudas del Programa de ayuda al alquiler de vivienda según la Orden de 30 de marzo de 2016, por la que se establece la convocatoria para el año 2016 de las subvenciones estatales del Real Decreto 233/2013, de 5 de abril, por el que se regula el Plan Estatal de fomento del alquiler de viviendas, la rehabilitación edificatoria, y la regeneración y renovación urbanas, 2013-2016, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura. (2016050052).

BDNS(Identif.):303248

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y en el presente DOE.

Primero. Convocatoria.
Se convocan las ayudas contempladas en el Programa de ayuda al alquiler de vivienda.

Segundo. Objeto.
El Programa de ayuda al alquiler de vivienda tiene por objeto posibilitar que los sectores de población con escasos medios económicos puedan acceder y permanecer en una vivienda en régimen de alquiler.

Tercero. Beneficiarios.
Serán beneficiarios de este programa de ayudas, las personas mayores de edad que convivan y residan en la vivienda arrendada, con independencia de que exista, o no, vínculo de parentesco o conyugal entre los mismos, debiendo aparecer todos ellos como solicitantes de la ayuda.

Cuarto. Bases reguladoras.
La presente convocatoria se regirá por el Decreto 206/2014, de 2 de septiembre, por el que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones contempladas en el Plan Estatal de fomento del alquiler de viviendas, la rehabilitación edificatoria, y la regeneración y renovación urbanas 2013-2016, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura (Modificado por Decreto 47/2015, de 30 de marzo —DOE n.º 63, de 1 de abril— y Decreto de 30/2016, de 8 de marzo —DOE n.º 50, de 14 de marzo—).

Quinto. Cuantía.
Se destinará la cantidad máxima de 50.000,00 euros, con cargo a la Aplicación Presupuestaria 11.04.261A.489.00 Proyecto 201516020009 de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el 2016. La cuantía individual de la subvención será el 40% de la renta anual que deban satisfacer los beneficiarios, con un límite máximo anual de 2.400 euros.

Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.
Plazo de presentación de solicitudes será de un mes, contados a partir del día siguiente al de la publicación del presente extracto en el Diario Oficial de Extremadura.

Séptimo. Otros datos.
Los modelos de solicitud de las subvenciones se encuentran disponibles en el portal de la antigua Consejería de Fomento, Vivienda, Ordenación del Territorio y Turismo de la Junta de Extremadura http://fomento.gobex.es y en el Portal del Ciudadano de la Junta de Extremadura http://ciudadano.gobex.es.

El procedimiento de concesión de las subvenciones convocadas es el de concurrencia competitiva. Mérida, 30 de marzo de 2016. El Consejero de Sanidad y Políticas Sociales, JOSÉ MARÍA VERGELES BLANCA.

Más información en convocatoria subvenciones alquiler de la vivienda.

Acerca de Florencio Vallinot Tovar 224 Articles
Fundador de Flovit.Co Identidad Digital.

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